Historia de los templos de España: los arzobispos toledanos (XLI)

D. Bartolomé I de Carranza y Miranda (Segunda y última parte)

Concluso el proceso del arzobispo toledano, el Rey rogó al Pontífice Pio IV que la causa se determinase en España. Se ofrecieron muchas dificultades para esto porque el Papa estuvo muy perplejo entre concederlo o negarlo. Al fin se decidió por concederlo nombrando, para dar la sentencia, tres jueces que fueron el Cardenal Hugo Buon-copagno, Prelado y jurista de grade opinión y autoridad, que vino como “Legado á latere”; Juan Baptista Costanza, Arzobispo de Rosano y el doctor Juan Aldrovandio, auditor de la Rota Romana.

Llegaron éstos a Madrid en noviembre de 1565 y comenzaron a entender en la causa, pero en dos meses no se pudo llegar a decidir lo que se había de hacer, porque el fiscal del Consejo de la Inquisición pretendía que la resolución debía tomarse por catorce o quince personas, y el Legado era de contrario dictamen. Así el asunto, se supo en Madrid que el día 10 de diciembre de 1565 había muerto en Roma Pío IV y el Legado, tanto por querer hallarse en la elección del futuro Papa como por las dificultades que en la causa del Primado habían ocurrido, tomó la posta y se volvió a Roma, dejando el proceso en tal estado, en el cual permaneció estancado durante un año.

Felipe II, en vista de la repentina partida del Legado, escribió al nuevo Pontífice Pío V, elegido el 7 de enero de 1566, pidiéndole que se cumpliera la resolución de Pío IV, relativa a que la causa del Arzobispo de Toledo se determinase en España.

El Papa, accediendo a esto, despachó un correo al Legado mandándole que “desde donde le encontrase volviese a España a lo que se le tenía encomendado”. Recibió el Cardenal Hugo el mandato del nuevo Pontífice en Aviñón, y contestó que “hasta que se viese con Su Santidad no convenía tratar de esto”.

Llegado Hugo Buon-compagno a Roma, informó de tal manera a Pío V, que Su Santidad determinó se llevasen a Roma el proceso original y la persona del acusado, y para llevar a efecto su resolución envió a nuestra corte a Pedro Camayano, Obispo de Ascoli, con orden de llevar al Primado y de proceder contra los que tratasen de impedirlo, privando de oficio en caso necesario, hasta a los ministros de la Inquisición. Semejante determinación pareció en España harto dura y difícil de llevarse a cabo, pero el Rey la obedeció sin réplica.

A los siete años, tres meses y catorce días de prisión, salió de Valladolid D. Fray Bartolomé Carranza Miranda, el jueves 5 de diciembre de 1566, acompañado de Fray Antonio de Utille y de su camarero Jorge Muñoz de Carranza, y custodiado por el Inquisidor de Valladolid, Diego González; por D. Lope de Avellaneda, por la “guarda de a caballo del Rey”, y por otro gran número de gente. Pasó por el Puerto de Guadarrama, Barajas, San Martín de la Vega, Aranjuez, Ocaña y La Roda, en donde estuvo el día de Navidad. Caminaba unas veces en litera y otras en mula según más le acomodaba; sus dos compañeros iban en mulas. Entró en Cartagena el 31 de diciembre y fue encerrado en el castillo de aquella ciudad. Desde allí se volvieron el Inquisidor y la “guarda del Rey”.

Cerca de cuatro meses estuvo el Arzobispo detenido en aquel puerto esperando a que llegase el proceso y a que el tiempo fuere a propósito para navegar. Aprovechando la ocasión de pasar por allí D. Fernando Álvarez de Toledo, que iba para gobernador a los Países Bajos, embarcaron al Primado y sus dos compañeros, el domingo 27 de abril de 1567, en la capitanía de Nápoles, una de las dos señaladas para su viaje, en el gobierno de Andrés Doria. Iban con el Arzobispo, para entender de su causa, el doctor Diego de Simancas, del Consejo de la General Inquisición; el doctor D. Antonio Mauricio de Pazos, inquisidor de Toledo; el licenciado Pedro Fernández Temino, Inquisidor de Calahorra. Y por fiscal el licenciado Jerónimo Ramírez, a quien por su muerte sucedió el licenciado Lucas Salgado; iban también secretarios y otros ministros de cuenta, y por guarda mayor D. Lope de Avellaneda. Llegaron muy pronto a Génova en donde descansó algunos días el Prelado. Allí mismo el doctor Alonso Delgado requirió al doctor Diego Simancas, obispo electo de esa ciudad, para que llevase al arzobispo en la popa de la galera y no en la escota en que corría peligro su vida.

Al anochecer el primer día de Pascua del Espíritu Santo, 18 de mayo de 1567, se embarcaron Don Fray Bartolomé y sus dos compañeros en una de las galeras de Génova, en cuya popa le dieron sitio. Empleando en esta nueva travesía una semana, llegó a Cvita-Vechia, adonde acudieron luego D. Luis de Zúñiga y Requesens, Señor de Martorell y embajador de España en Roa, y Paulo Gislerio, sobrino del Pontífice y capitán de la guardia pontificia, que venía mandando parte de la caballería de esta. Allí fue entregado el Arzobispo al Embajador para que le llevase al Papa.

El martes 27 se mayo salió de Civita-Vechia en una litera con sus dos compañeros que iban en mulas, y al día siguiente, víspera de la festividad del Corpus, entró en Roma y en el castillo de Santángelo, que el Santo Padre le había señalado para prisión, destinándole el aposento que solían ocupar los arzobispos, y en el cual permaneció hasta que se terminó la causa. El proceso fue entregado, en la forma acostumbrada, a Su Santidad, quien le transmitió al doctor Juan Aldrovandino, auditor de la Rota, y uno de los jueces que habían venido de la corte romana a España, prohibiendo que se hablase de este asunto, y conminando con censuras y penas pecuniarias a toda persona que lo ejecutase.

A los 10 días de haber llegado a Roma aumentaron a sus dos familiares, Fray Antonio, que le servía de camarero, y Muñoz, que hacía de secretario y de paje, un maestre de sala, que fue D. Diego de Bracamonte Mújica, que antes le había servido, y otro llamado Juan de Palacios, natural de Medina de Rioseco. Algo más de dos años después se agregó a ellos Martín de Ollaoqui, bilbaíno, que había sido su criado; a todos se les proveyó siempre muy bien de todo lo necesario. No fueron éstas las únicas ventajas que tuvo en aquella prisión sobre la de Valladolid, porque se le dio licencia para de cada dos días uno, salir de su cuarto con la guardia a espaciarse mirando al campo y al río desde las vistas del castillo, con lo cual, aunque pocas veces hizo uso del permiso, gozó allí de mejor salud. El Vicario de Cristo, en el primer jubileo, le concedió además que pudiese confesarse cuatro veces cada año, a saber: en los días de Navidad, Resurrección, Pascua del Espíritu Santo y la Asunción de Nuestra Señora.

El Sumo Pontífice, como juez de la causa del Primado, nombró para ella sus consultores, fiscal y secretario, que fueron los siguientes: Consultores: Scipion Reviva, Arzobispo de Pisa; D. Francisco Pacheco, Canónigo de Toledo, primer Arzobispo de Burgos y Supremo Inquisidor; Juan Francisco Gambaya, Obispo de Viterbo, también Supremo Inquisidor; Juan Pablo Chiessa, Prefecto en la asignatura de Justicia, todos cuatro cardenales; D. Gaspar de Cervantes, Arzobispo de Tarragona; D. Diego de Simancas, Obispo de Ciudad Rodrigo; D. Antonio Mauricio de Pazos, Obispo de Patí; D. Fray Rodrigo de Badillo, Obispo de Chefalli, en Sicilia, general que había sido de la orden de San Benito en España; el licenciado Pedro Fernández Temino, del Consejo de la General Inquisición; Fray Tomás Manrique, de la orden de Santo Domingo, y Maestro del Sacro Palacio; Juan Antonio Santorio, Obispo de Santa Severina, Diputado de la Inquisición; Fray Félix Pereto, Obispo de Santa Águeda; Fray Eustaquio Lucatelo, Obispo de Arezzo; el doctor Juan Aldrovandino, Obispo de Ímola; y otros dos cuyos nombres eran Antimo y Camayano. Fiscal: el licenciado Ramírez, que había ido de España, y a quien por su muerte reemplazó después el licenciado Salgado. Secretarios: Sebastián de Landaeta, Alonso Castellón, españoles; un tal Baptista (que había venido con el Cardenal legado), y Juan Antonio, italianos.

Hechos los mencionados nombramientos, se activó la traducción del proceso del castellano al latín; pero se tardó en hacerla más de un año, a pesar del empeño que por su pronta terminación mostraba Pío V.

El Cabildo toledano, cuando supo la ida de su Prelado a Roma, dio a dos de sus canónigos la comisión de ir a aquella corte para asistirle; hizo procesiones rogando a Dios iluminase a los jueces; tuvo un novenario de misas en el Sagrario, y escribió al Santo Padre suplicándole “se doliese de la orfandad que padecía la Iglesia Primada de las Españas”; y rogándole que “en la determinación de la causa se considerase la muy grave autoridad de esta Catedral, el haber tenido en todos tiempos prelados muy santos y valerosos hijos todos muy devotos de la Santa Silla Apostólica, de quien había sido siempre muy servida y respetada en ocasiones generales y particulares”. Se despachó esta carta en 2 de julio de 1567; la llevó el canónigo Don Pedro González de Mendoza, y fue contestada por medio de un breve apostólico, dado en San Pedro de Roma a 20 del siguiente julio, y que terminaba diciendo: “Que el buen celo y amor para con su Prelado, en que mostraba tanta piedad y deseo del bien de su Iglesia, había confirmado a la Santa Sede la opinión y crédito que tenía del Cabildo; que se entendería con mucha diligencia en el negocio de su Arzobispo, el que estaría más adelante si no se hubiera embarazado con traducir el proceso en lengua latina, como era menester, a lo cual se daba mucha prisa; que con la ayuda de Dios se acabaría muy presto; que entendería el cabildo por D. Pedro González su buen ánimo y deseo, y la afición que les tenía, como lo mostraría a su tiempo, pidiéndoles que encomendasen a Dios las cosas de la Universal Iglesia, y particularmente a su Pastor y Prelado.”

El martes 9 de septiembre ordenó el mismo Cabildo que se hiciesen tres procesiones generales por la causa del Primado; la 1ª al monasterio de la Madre de Dios, de la orden de Santo Domingo; la 2ª a Santa Isabel de los Reyes, y la 3ª a San Juan de la Penitencia, convento franciscano.

Habiendo muerto el licenciado D. Gomez Tello Girón, Gobernador del Arzobispado Toledano, en 1 de junio de 1569, el Rey, en virtud de Breve de Pío IV, presentó en su lugar al licenciado Juan Zapata de Cárdenas, oidor del Consejo de Castilla, o al licenciado Sancho Busto de Villegas, de la General Inquisición. El Papa confirmó el nombramiento de este último, el 20 de agosto; y el 23 de septiembre comenzó a gobernar la diócesis.

En 1571 vino a España el “Legado a latere” Cardenal Alejandrino, hijo de una hermana de Pío V; y el cabildo de Toledo le envió una comisión de cuatro canónigos para que fuesen a visitarle y a tratar de la causa del Arzobispo.

Concluida la traducción del proceso, pidió el fiscal que el Sumo Pontífice se hallase presente a la vista de la causa, y lo hizo con tanta instancia que se le concedió como pedía. Esto retrasó mucho la terminación del negocio, porque Pío V, por sus continuas y graves ocupaciones, no podía asistir en los días señalados como deseaba la parte del Primado. Se hicieron, a petición del fiscal, nuevas diligencias en España que alargaron todavía mas el término de tan prolongado asunto, a pesar de lo que le activaban los doctores Navarro y Delgado, abogados del Arzobispo, Fray Hernando de San Ambrosio su procurador, y todos sus ayudantes.

Por último, consiguió el Pontífice poner la causa en tal estado, que se tomó resolución antes de que se publicase la sentencia; pero, a fin de justificar mas ésta, quiso comunicarla con el Rey Felipe II, y se la envió con su maestro de cámara Alejandro Casal. Tardó tanto el emisario en dar la vuelta, que Pío V, sin pronunciar el fallo, murió en 1º de mayo de 1572. Su sucesor Gregorio XIII, que había sido “Legado a latere” en España con el nombre de Hugo Buon-compagno, sin embargo de que no solo tenía conocimiento de la causa del Primado, sino que a consecuencia de sus comunicaciones la había hecho ir a Roma Pío V, quiso, accediendo a nueva petición de fiscal, enterarse aún más del proceso y le volvió a ver con la mayor atención asistido de cuatro de los consultores nombrados por su predecesor. No pudo, empero, a pesar de su grande inteligencia en semejantes negocios, concluir el asunto en el breve tiempo que todos deseaban, porque surgieron dudas, para cuya resolución envió a Roma nuestro Inquisidor General D. Gaspar de Quiroga a los Padres Maestros Fray Diego de Chaves, Fray Juan de Ochoa, consultor de la Inquisición de Sevilla, y Fray Juan de la Fuente, todos tres de la orden de Predicadores y grandes teólogos; y volvieron a hacerse diligencias en España a petición y por alegaciones del fiscal.

El jueves 12 de abril de 1576, estando ya para fallarse la causa, Juan Antonio Faquinetto, obispo de Nicastro, hizo que el Prelado toledano firmase ciertas proposiciones.

El sábado 14 le llevaron, acompañado de Fray Antonio de Utrilla y otros, desde el castillo de Santángelo a un aposento de la sala de Constantino. A las tres de la tarde del mismo día, Gregorio XIII salió a la sala en que se acostumbraba a tener las juntas para el asunto del Arzobispo, y en la cual se hallaban ya reunidos los cardenales de la congregación de la Inquisición, todos los consultores y ministros de la causa y los familiares del Papa, haciendo un total de 120 personas. Se sentó Su Santidad en una silla pontifical debajo de dosel, y los cardenales en bancos: los Prelados y todos los demás quedaron en pié. El Sumo Pontífice rompió el profundo silencio, que reinaba en la estancia, mandando al Obispo de Nicastro y al Conde Preperi, su camarero secreto, que trajesen al acusado. Entró D. Fray Bartolomé de Carranza y Miranda acompañado de poca gente, y seguido por los maestres de cámara y de ceremonias, y por abogados los doctores Navarro y Delgado. Al llegar al principio de los asientos de los cardenales se postró de rodillas el presunto reo a distancia como de doce a quince pasos de la Silla Pontifical. El fiscal licenciado Luis Salgado se arrodilló también, y con sonora voz dijo en latín: “Beatísimo Padre: yo he hecho citar ante Vuestra Beatitud al Arzobispo de Toledo para oír la sentencia que en su causa pende ante Vuestra Santidad. Suplico a Vuestra Beatitud pronuncie en ella como más sea del servicio de Nuestro Señor, autoridad de esta Santa Silla, edificación de la Cristiandad, y ejemplo de todos; de manera que los que se han dolido de su culpa se huelguen de su castigo”. El Santo Padre contestó: “Tenemos el término ad sententiam, y la pronunciamos como aquí está”, y dio cuatro pliegos de papel a Alonso Castellón, secretario de la causa, para que los leyese, como lo hizo hincado de hinojos. Contenían aquellos papeles la relación de lo actuado, redactada por el Cardenal Juan Antonio Santoyo, Arzobispo de Santa Severina y consultor del negocio. Se referían allí las comisiones de los Pontífices Paulo y Pío IV en virtud de las cuales se había procedido en España; la recusación del Arzobispo de Sevilla y de los del Consejo de la General Inquisición; la traslación del Primado a Roma; todas las diligencias hechas hasta la muerte de Pío V; las muchas calificaciones de un catecismo cristiano que D. Fray Bartolomé había compuesto en lengua castellana y publicado en Amberes en 1558, y en el cual se le tachaban ciertas proposiciones; se le acriminaba de lo que aparecía resultar de otras obras y papeles suyos; de haber leído libros sospechosos y dejarlos leer a mujeres y niños; de la comunicación con herejes, y las frases de sus escritos, especialmente de Martín Lutero, Juan Ecolampadio, Martín Bucero y Felipe Melantón. Se añadía que, por todo lo dicho, y con muy considerada deliberación de algunos cardenales y prelados, y de muchos y muy grandes letrados españoles e italianos vivos y muertos, Su Santidad había venido en dictar la sentencia siguiente:

  • Que el Arzobispo abjurase “de vehementi” 16 proposiciones heréticas de Lutero y de los herejes modernos, en que estaba muy sospechoso por sus obras y escritos.

  • Que, en consecuencia de ser vehemente sospechoso, y en pena de la culpa que por esto resultó contra él, le condenaba a cinco años de suspensión del arzobispado de Toledo, y que estuviese estos cinco años preso y recluso en el monasterio de los predicadores de la ciudad de Orvieto a 70 millas de Roma en Toscana; y de allí adelante los más que fuesen de la voluntad del Papa.

  • Se reservó a Su Santidad el nombramiento de administrador del Arzobispado y la distribución de sus frutos desde el día de su prisión, así en lo pasado como en lo venidero, sacadas las pensiones sobre él, el salario de administrador y otras cosas forzosas. Le señaló 1.000 ducados de oro, cada principio de mes, para sus gastos.

  • Que en el tiempo de su suspensión y encarcelamiento hiciese algunas penitencias saludables.

  • Que no dijese misa sino una sola vez en la semana, y esa votiva, de que se le daría la orden.

  • Que en el tiempo que estuviese en Roma anduviese las siete iglesias de San Pedro, San Pablo, San Juan Lateranense, Santa Cruz en Jerusalén, San Sebastián, Santa María la Mayor y San Lorenzo, rezando en cada una ciertas oraciones; y que dijese misa en aquella que escogiese.

  • Que dentro de tres meses dijese nueve misas rezadas, una de la Santísima Trinidad, otra del Espíritu Santo, otra de Pasión, otra de la Beatísima Virgen, otra de los Ángeles, otra de San Eugenio, otra de San Ildefonso, otra de San Julián, Arzobispo de Toledo, y otra de difuntos.

  • Que en el tiempo de la suspensión hiciese celebrar en el monasterio donde estuviese algunas misas cantadas de Nuestra Señora, de los Santos Arzobispos de Toledo y Santa Leocadia, hallándose presente.

  • Que ayunase todos los viernes del año siguiente, y que por otros tres años rezase todos los viernes los salmos penitenciales con letanías y preces;

  • Y últimamente se prohibía el Catecismo cristiano que el Arzobispo había impreso en lengua castellana.

Leída esta sentencia pusieron delante del Metropolitano, que aún permanecía arrodillado, una almohada y sobre ella un misal; en seguida un Notario leyó, en voz muy inteligible y aprisa, las 16 proposiciones condenadas de los escritos de D. Fray Bartolomé

El Prelado adjuró “de vehementi” las 16 proposiciones, y “en general” todas y cualesquiera otras herejías en que se le hubiera tenido por sospechoso; y fue absuelto “ad cautelam”. Se aproximó a los pies del Papa, y Su Santidad le dijo, que “en atención a que era Primado de las Españas, en donde se castigaban los errores con mayor rigor que en otras partes, y porque estaba muy limpia de herejía por el celo de sus ministros, debería ser más gravemente castigado; mas que, considerando su profesión y lo que había enseñado y predicado, y su larga prisión, usaba de misericordia con él; y que si se aprovechaba de ella en lo venidero, viviendo con el ejemplo y recato que debía, la podía esperar mayor”. Mandó enseguida a Honorato Cayetano, capitán de su guarda, que “llevase al Arzobispo al monasterio de la Minerva y le aposentase en la habitación del general de la orden de Predicadores” y volviéndose a D. Fray Bartolomé le dijo, que “no saliese de allí sin licencia pontificia”. El Prelado besó un pie al Santo Padre; y luego, entrando en un coche con el capitán Honorato, sin más acompañamiento, se trasladó a su encierro.

El día tercero de Pascua de Resurrección, a 23 del siguiente abril, se sintió enfermo; y el mal progresó tan rápidamente que en el último día de aquel mes los médicos manifestaron haber perdido toda esperanza de salvarle la vida.

Le envió el Papa la bendición apostólica absolviéndole de culpa y pena; le confesó el Maestro Fray Antonio Chacón y le absolvió en virtud de la gracia que el Pontífice le había concedido. En la misma noche fue a administrarle el Viático el Prior de la Minerva acompañado del Vicario General de la orden, de otros religiosos y de algunos criados del Arzobispo. Había para entonces el Sr. Carranza llamado a los secretarios de su causa, pero no se hallaban en la estancia mas que tres por no haber podido asistir Juan Baptista. Delante de todos, en voz alta, clara e inteligible dijo lo siguiente en latín para que lo entendiesen los italianos:

Por la sospecha que ha habido contra mi por los errores que en materia de Fe se me han imputado, me hallo en este paso con obligación de decir lo que siento, y para ello he hecho llamar a los secretarios de mi negocio; y pongo por testigo a la Corte Celestial, y por juez a este Soberano Señor que viene en este Sacramento, y a los santos Ángeles que con él están y tuve siempre por mis abogados; juro por el mismo Señor y por el paso en que estoy, y por la cuenta que tan presto pienso dar a Su Divina Majestad, que en todo el tiempo que leí en mi Religión, y después escribí, prediqué, enseñé y disputé en España, Alemania e Inglaterra, tuve siempre por fin ensalzar la Fe de Nuestro Señor Jesucristo, e impugnar a los herejes. Su Divina Majestad se sirvió de ayudarme en esta empresa suya, de manera que con su gracia convertí en Inglaterra muchos herejes a la Fe católica; y, cuando fui allá con el Rey Nuestro Señor, con su acuerdo, hice desenterrar los cuerpos de los mayores herejes que hubo en aquel tiempo, y que se quemasen con grande autoridad de la Santa Inquisición. Los católicos, y también los herejes, me llamaron “el primer defensor de la Fe”. Puedo decir con verdad que he sido siempre uno de los primeros que trabajaron en este santo negocio, y entendí en muchas cosas de éstas por orden del Rey Nuestro Señor; el cual es buen testigo de parte de esto que digo; a quien he amado y amo singularmente de corazón; y ningún hijo suyo tiene ni tendrá a Su Majestad más firme y verdadero amor que yo le tengo. De mas de esto, no sólo nunca en toda mi vida prediqué, enseñé, o defendí alguna herejía o cosa contraria al verdadero sentido de la Iglesia Romana, o caí en algunos de los errores que se han sospechado de mí tomando dichos o proposiciones mías en diferente sentido del que yo tuve en ellas; pero juro, por lo que tengo dicho y por el mismo Señor a quien puse por Juez, que jamás me pasó, aún por el pensamiento, cosa de ellas ni de las que se me han puesto en el proceso, ni en toda mi vida tuve duda ni imaginación cerca de esto; antes leí, escribí, enseñé y prediqué firmemente esta Fe, como la creo y muero profesándola. Por esto no dejo de recibir por justa la sentencia dada por Su Santidad en mi negocio, como dada por el Vicario de Jesucristo, y la he recibido y tengo por tal, por ser el Juez de ella prudentísimo, rectísimo, fuera de ser Vicario de Jesucristo. Allende de esto, por el paso en que estoy, no solamente perdono ahora a todos los que han sido parte contra mí en esta causa o han entendido en ella de cualquier manera, pero siempre les he perdonado cualquier agravio que hayan pretendido hacerme de cualquier manera. Jamás ofendí a Nuestro Señor en tener rencor contra alguno de ellos, antes rogué siempre a Su Divina Majestad por sus cosas, y ahora les meto en mi corazón; y, yendo al lugar donde espero ir por la voluntad y misericordia del Señor, no alegaré en el tribunal supremo cosa ninguna contra ninguno de ellos, sino le suplicaré a Nuestro Señor por todos.”

Adoró luego el Santísimo Sacramento y comulgó. Al recibir la Extremaunción profirió algunas razones semejantes a las que había dicho al recibir el Viático.

Murió el miércoles 2 de mayo de 1576, a los 73 años de edad, y cumpliéndose 18 años, 2 meses y 5 días de su consagración en Bruselas.

Estuvo preso 16 años, 7 meses y 24 días.

Vestido de pontifical y metido en un ataúd le enterraron el día siguiente al de su muerte en el mismo convento de la Minerva en medio del coro de los religiosos, junto al altar mayor entre dos Cardenales de la casa de Médicis.

Algún tiempo después se puso en su sepultura una lápida por orden del Sumo Pontífice.

Escribió las siguientes obras, parte de las cuales se imprimieron durante su vida:

  • La Suma de los Concilios generales, nacionales y provinciales celebrados desde S. Pedro hasta Paulo III.

  • Cinco controversias: la 1ª, de Auctoritate Ecclesiae; la 2ª, de Auctoritate Sacrae Scripturae; la 3ª de Auctoritate Papae; la 4ª, de Auctoritate Conciliorum; y la 5ª, de Necessaria Residentia Episcoporum.

  • Un tratado de “Officio Praelatorum (manuscrito)”.

  • Una “Ampliación y reformación del Catecismo” en 7 libros “de Fide, Spe et Charitate”.

  • Otro de “Articulis Fidei”, de “Decem legis praeceptis”.

  • Otro “De Septem Ecclesiae Sacramentis”.

  • Otro “De Oratione”.

  • Otro “De Elemosina” en latín y castellano, manuscrito.

  • Siete tratados “De Justificacione”; “De Incertitudine Gratiae”; “De Sacrificio Missae”; “De Modo audiendi Missam”; “De Mixtis nuptiis Christi cum Ecclesia et animabus justorum”; “De Mertis bonorum operum”; “De Remediis reparandae salutis post Baptismum” (manuscrito).

  • Un tratado latino “sobre el Profeta Isaías” (manuscrito).

  • Otro también latino, “de la forma de rezar el oficio según la Orden de Santo Domingo”.

  • Otro en latín y castellano “sobre los quince misterios del Rosario de Nuestra Señora.”

  • El de la “Forma y modo de oír la Misa”, traducido de su tratado latino (manuscrito).

  • El sermón que en latín predicó en Trento al Concilio en el año 1546.

  • La “Forma para visitar al arzobispado de Toledo”, en latín y en castellano (manuscrito).

  • Y otras muchas cosas de que no se tiene exacta noticia.

El mismo día en que murió el Sr. D. Fray Bartolomé de Carranza y Miranda despachó un Breve el Pontífice participando al Cabildo de Toledo la muerte de su Prelado.

El domingo 27 del mes citado leyó el Cabildo de Toledo este Breve, y un testimonio de la muerte del Arzobispo, fechado en Roma en el mismo día que el Breve pontificio, y refrendado por Alonso Dávila, escritor del archivo Romano. En vista de tales documentos se declaró enseguida vacante la Sede.

No se le hicieron exequias fúnebres en la Catedral Primada hasta que a persuasión de su sucesor en la Silla toledana, y por acuerdo del Cabildo de 15 de abril de 1578, se celebraron en los días 13 y 14 de julio del mismo año.

Continuará

Fuente:

  • “Historia de los templos de España”, de Gustavo Adolfo Bécquer y Juan de la Puerta Vizcaíno. 1857.

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