Así funcionaba la Universidad de Toledo (XXXII y último)
Constitución 68: que todos los doctores y maestros sean obligados a tener estas constituciones
Para el buen funcionamiento de la Universidady para asegurar el cumplimiento de las constituciones, se exigía que todos los miembros de la Universidad, en especial los doctores y maestros, las conocieran, por lo que, una vez confirmadas y publicadas, se imprimían y distribuían entre los doctores y maestros, a cambio de un precio justo, entregándoselas el rector o el secretario o la persona en cuyo poder estuvieran.
Constitución 69: de las dudas que se ofrecieren acerca de la declaración de estas constituciones, reservada al maestrescuela
Como podían presentarse situaciones no previstas en las Constituciones o que dieran lugar a dudas, el maestrescuela tenía poder y autoridad para suplir las lagunas y dar interpretación a las situaciones dudosas. Su decisión era determinante e irrecurrible, so las penas que el maestrescuela pusiera.
Forma del juramento que había de hacer cualquier cursante o pasante para poder matricularse:
“Yo, N. de agora y de aquí adelante seré fiel y obediente en todas las cosas que tocaren a la Universidad de esta muy noble ciudad de Toledo, y al señor Maestrescuela, que es, o fuere de la Santa Iglesia de esta dicha ciudad, y en su ausencia al Vicescolástico que nombrare; y en ausencia del dicho señor Maestrescuela, o su Vicescolástico, al Rector que es, o fuere del Colegio de Santa Catalina, y procuraré toda la honra y provecho de la dicha Universidad; y asimismo cada, y cuando que fuere llamado por el dicho señor Maestrescuela, y en su ausencia por el dicho su Vicescolástico, y en ausencia de ambos por el Rector que es, o fuere, sobre cosas tocantes a la Universidad, verné, cesante justo impedimento: lo cual cumpliré así Dios me ayude, y estos Santos Evangelios que con mi mano derecha toco.”
Estaban obligados a prestar este juramento todos los doctores, maestros, licenciados, bachilleres y estudiantes, de cualquier facultad, cuando se matriculaban. De no hacerlo, no gozaban de los privilegios e inmunidades dela Universidad.
Fuente:
- “Constituciones de la muy insigne Universidad de Toledo”. Juan Íñiguez de Arnedo. 1695.
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